Persona preocupada por facturas
LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

Cancela hasta el 100% de tus deudas legalmente.

Paraliza los embargos, acaba con las llamadas de acoso y empieza de cero. Proceso amparado por la Ley Concursal española.

Comprueba si cumples los requisitos

Analizamos tu situación sin compromiso para decirte si la ley te protege.

+10M€

Deuda exonerada

100%

Proceso legal seguro

+1.500 Vidas reiniciadas

Lo cubrimos casi todo

¿Qué tipos de deuda podemos cancelar?

La Ley Concursal permite exonerar el pasivo insatisfecho de particulares y autónomos proveniente de múltiples fuentes, siempre que haya buena fe.

Tarjetas de Crédito
Microcréditos
Préstamos Bancarios
Facturas impagadas
Hacienda Pública*
Seguridad Social*
Avales y Fianzas
Deudas de Proveedores

*Hasta los límites que marca la ley vigente. Lo analizamos sin compromiso.

Saber si mi deuda se puede cancelar

¿Qué consigues al acogerte a la ley?

En menos de 1 minuto ya podemos decirte si merece la pena avanzar.

Paraliza los embargos

Desde el inicio del proceso judicial, se paralizan los embargos de tu nómina, pensiones y cuentas bancarias.

Adiós al acoso

Las insistentes llamadas de los bancos y empresas de recobro se terminan de inmediato.

Sal de los ficheros

Al cancelar las deudas, tus datos saldrán de ASNEF y EQUIFAX, pudiendo volver a operar con normalidad.

Vuelve a dormir

Al obtener el perdón de tus deudas, podrás recuperar el control de tu vida económica sin ansiedad.

Mecanismo legal amparado por el Estado

Ley 25/2015 de mecanismo de segunda oportunidad.

La Ley de la Segunda Oportunidad no es un truco ni un vacío legal. Es una legislación europea traspuesta a España para permitir a personas físicas y autónomos que han fracasado económicamente encarrilar de nuevo su vida.

  • Protección total: Desde que se inicia el expediente, ningún acreedor puede ejecutar acciones contra tu patrimonio.
  • Deudor de buena fe: Si no has cometido delitos socioeconómicos y tu insolvencia es real, el juez decretará el perdón de las deudas (EPI).
  • Conserva tu vivienda (opcional): La nueva reforma permite en muchos casos plantear planes de pagos para no perder la vivienda habitual.

No tienes por qué arrastrar una deuda impagable el resto de tu vida. La ley entiende que mereces una segunda oportunidad real para volver a empezar.

Casos reales

Personas que ya han empezado de cero

"Debía más de 40.000€ de varios préstamos que pedí para tapar otros. No podía ni dormir. Me acogí a la ley y el juez me perdonó todo. Ahora vivo tranquilo."

J

José L.

Cliente Verificado

"Tenía la nómina embargada y no llegaba a fin de mes. En cuanto empezamos el trámite con ellos, pararon los embargos. Ha sido la mejor decisión de mi vida."

S

Sara M.

Cliente Verificado

"Como autónomo, mi negocio quebró y me quedé con deudas a proveedores imposibles de pagar. Me ayudaron en todo el proceso y he podido empezar de nuevo sin esa enorme mochila."

R

Roberto G.

Cliente Verificado

¿Cómo es el proceso?

Un camino claro, guiado por abogados expertos para asegurar tu éxito.

01

Estudio de viabilidad gratuito

Analizamos tus deudas y verificamos que cumples los requisitos de la Ley sin coste para ti.

02

Frenamos el acoso y embargos

Iniciamos el trámite en el juzgado. A partir de ese momento, los embargos y las llamadas deben cesar legalmente.

03

Cancelación de la deuda

El juez dicta el auto de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), borrando tus deudas para siempre.

Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos debo cumplir?

Principalmente ser particular o autónomo, encontrarte en situación de insolvencia (no puedes pagar tus deudas), no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años, y tener deudas con al menos dos acreedores diferentes. Nosotros te confirmamos gratis si cumples todos.

¿Perderé mi casa o mi coche?

Depende de tu caso. Con la nueva reforma de la Ley Concursal, existe una vía que permite proteger la vivienda habitual acogiéndose a un plan de pagos asequible, en lugar de liquidar todo el patrimonio. Analizaremos tu situación específica para buscar siempre la mejor opción para ti.

¿Se acaban de verdad las llamadas de acoso?

Sí. Una vez que el juez admite a trámite el procedimiento, por ley los acreedores y las agencias de recobro tienen prohibido contactarte para reclamar la deuda, y además se paralizan todas las ejecuciones y embargos vigentes.

No dejes que las deudas decidan tu futuro

Da el primer paso hoy. La consulta es 100% gratuita y sin compromiso.

¡Cancela tus deudas ahora!